Páginas

lunes, 3 de marzo de 2014

PAH Corredor contra la #LeyMordaza - Te afecta a tí de lleno


Ayer compañerxs de PAH corredor protestaron por ley de protección de la Seguridad Ciudadana que nos amordaza. Ahoga nuestra libertad de expresión y nos devuelve al franquismo. Don Quijote y Sancho Panza, han sido hoy nuestros portavoces. El anteproyecto de Ley de Protección de la Seguridad Ciudadana, una reforma que se suma a la Ley de Tasas y la reforma del Código Penal (en discusión en el Congreso de Diputados), supone a nuestro juicio, el derecho a la libre expresión, y el derecho de reunión y manifestación.


¿Qué es la ley mordaza?

De forma resumida, entre las novedades que incluye la ley, se encuentra la multa con hasta 30.000 euros a las actitudes consideradas como ofensas a España, las comunidades autónomas, las entidades locales y sus símbolos, instituciones y emblemas cuando estas acciones no sean constitutivas de delito. Este tipo de actos se considerarán falta grave, sancionadas con multas de entre 1.001 y 30.000 euros.




Así será la ley mordaza:

Infracciones muy graves
Según el anteproyecto de Ley de Seguridad Ciudadana, serán consideradas infracciones muy graves y, por tanto, sancionadas con multas de entre 30.001 y 600.000 euros:
- La convocatoria y asistencia a manifestaciones con finalidad coactiva e inobservancia de la legislación electoral desde que haya finalizado la campaña electoral hasta el fin de la votación.
- Perturbación muy grave del orden en actos públicos, deportivos, culturales, espectáculos, oficios religiosos u otras reuniones numerosas.
- Reuniones o manifestaciones no comunicadas o prohibidas en lugares que tengan la consideración de infraestructuras críticas (centrales nucleares, aeropuertos…), así como la intrusión en sus recintos y la obstrucción de su funcionamiento.
- Fabricación, comercio y tenencia ilegal de armas y explosivos no catalogados.
- Celebración de espectáculos públicos o actividades recreativas quebrantando la prohibición o suspensión ordenada por la autoridad.
- Deslumbrar con dispositivos tipo láser a conductores de tren, metro o pilotos.

Infracciones graves
Las infracciones graves, que serán sancionadas con multas de entre 1.001 y 30.000 euros que contempla la nueva norma son:
- Concentraciones no comunicadas ante instituciones del Estado como el Congreso, el Senado, los parlamentos autonómicos o los altos tribunales, aunque no tengan actividad y cuando se perturbe la seguridad ciudadana.
- Perturbación grave del orden en actos públicos, deportivos, culturales, espectáculos, oficios religiosos u otras reuniones numerosas.
- Alterar el orden público encapuchado o con cualquier elemento que dificulte la identificación.
- Desórdenes graves en vía pública o provocar incendios que representen un peligro para las personas o bienes.
- Obstruir a la autoridad en la ejecución de sus decisiones administrativas o judiciales, como en los desahucios.
- Obstaculizar gravemente la actuación de los servicios de emergencia en el desempeño de sus funciones.
- Desobediencia o resistencia a la autoridad o a sus agentes en el ejercicio de sus funciones y la negativa a identificarse.
- Perturbación del orden en campaña electoral.
- Manifestaciones y reuniones sin autorización o que infrinjan la ley de reunión y la negativa a disolver las acordadas por la autoridad. También cuando se produzcan en centrales nucleares, aeropuertos, etc.
- Portar, exhibir o usar armas de modo negligente o temerario o fuera de los lugares habilitados para su uso.
- Ofensas o ultrajes a España, a las comunidades autónomas y entidades locales o a sus instituciones, símbolos, himnos o emblemas, efectuadas por cualquier medio.
- La prostitución y la demanda de sus servicios en las proximidades de zonas infantiles, como parques o colegios, o en lugares donde se ponga en peligro la seguridad vial, como los arcenes.
- Fabricación, comercio y tenencia ilegal de armas reglamentarias, explosivos catalogados y material pirotécnico.
- Obstruir inspecciones y controles reglamentarios en fábricas, locales y establecimientos.
- Justificar el terrorismo, la xenofobia y la violencia contra la mujer, como la exhibición de fotos de terroristas.
- Uso de uniformes policiales o de servicios de emergencia sin autorización.
- Falta de colaboración con la Policía en la averiguación o prevención del delito.
- Actos que atenten contra la indemnidad sexual (libre de padecer daño) de los menores.
- Consumo y tenencia de drogas en lugares públicos y su tolerancia.
- El botellón, cuando perturbe gravemente la tranquilidad ciudadana y no esté autorizado.
- Las "cundas" o taxis de la droga.
- El cultivo de drogas.
- Forzar o inducir a menores al consumo de alcohol o drogas.
- Los daños graves a mobiliario urbano como marquesinas, papeleras o contenedores, así como los actos vandálicos a servicios públicos, además de obstaculizar la vía pública con vehículos, contenedores o neumáticos.
- Escalar como acción de protesta en edificios públicos.
- Mal uso de animales feroces y el maltrato animal.

Infracciones leves
Por último, Interior cataloga como infracciones leves, que serán sancionadas con multas de entre 100 y 1.000 euros, las siguientes actuaciones:
- Manifestaciones y reuniones que infrinjan la ley de reunión.
- Exhibición de objetos peligrosos con ánimo intimidatorio.
- Incumplir restricciones de circulación peatonal o itinerario con ocasión de un acto público, reunión o manifestación.
- Amenazar, coaccionar, vejar e injuriar a los agentes de las fuerzas de seguridad cuando estén velando por el mantenimiento del orden público, por ejemplo en manifestaciones u otro tipo de protestas, y la grabación y difusión de sus imágenes que atenten contra el derecho a su honor o su imagen y que puedan poner en peligro su seguridad o la de la intervención policial.
- Amenazas, coacciones, injurias o vejaciones en vías públicas.
- Injurias o calumnias a través de cualquier medio de difusión a las instituciones, autoridades, agentes y empleados públicos, así como su falta de respeto.
- Realizar o incitar actos que atenten contra la libertad sexual.
- Deslumbrar con dispositivos tipo láser a las fuerzas de seguridad.
- La ocupación de cualquier espacio común, público o privado y la colocación de tiendas de campañas o tenderetes sin permiso en la calle.
- Perder tres veces o más el DNI en un plazo de 5 años y la negativa a entregar este documento cuando se acordara su retirada.
- Los daños leves a mobiliario urbano como marquesinas, papeleras o contenedores, así como los actos vandálicos a servicios públicos, por ejemplo, las pintadas y los grafiti.
- Práctica de juegos o deportes en lugares no habilitados cuando haya riesgo para las personas.
- Entorpecer la circulación peatonal.
- Escalar a edificios o monumentos o lanzarse desde ellos.
- Retirar las vallas de la Policía que delimitan perímetros de seguridad.









¿Como afecta a la PAH?


Hemos subrayado lo que afectaría a la PAH, esta nueva ley.


Esta ley afectará de forma directa a la plataforma y que realizar una manifestación pacífica como de ayer “podría llegar a costar hasta 600.000 euros”, por lo que de aprobarse la PAH, se enfrentaría a multas desproporcionadas por el hecho de protestar de forma pacifica. No podrimos parar un desahucio y tampoco encerrarnos en una entidad bancaria. Donde nos golpea directamente a nuestros derechos sociales. Donde la PAH defiende la vivienda digna y los derechos humanos.

Por tanto estamos en contra de la #LeyMordaza.
















No hay comentarios:

Publicar un comentario